Los importadores/exportadores a menudo se confunden con los cargos de varias demoras en el despacho. Los términos "almacenamiento", "sobreestadía", "detención" y "per diem" a menudo se usan indistintamente, pero cuando se usan correctamente, cada uno se refiere a cargos incurridos en circunstancias específicas.
Es hora de aclarar cómo usar esta terminología correctamente y asegurarse de que todos hablemos el mismo idioma de "shipping".
Generalmente se utilizan estos términos, de acuerdo a las siguientes definiciones:
DEMORA
Definición: “el cargo aplicable por el uso del espacio en la terminal, luego de vencido el tiempo libre”.
En la exportación, si el contenedor se devuelve a la terminal dentro de la ventana de recepción según las instrucciones del transportista (antes de la "fecha límite" para usar la terminología común), no hay nada de qué preocuparse, porque el transportista ya ha determinado que el contenedor, devuelto dentro del tiempo correcto, no incurrirá en ningún cargo por demora. Si, en cambio, por alguna razón imputable al cargador/consignatario, el contenedor necesita “quedarse” en la terminal, entonces el cargador será responsable de los cargos por sobreestadía que la terminal cobrará al transportista, por el uso prolongado de el espacio en la terminal.
En la importación, en cambio, el contenedor tendrá una cantidad determinada de días libres para “ocupar” el espacio en la terminal, y si no es recogido dentro del tiempo libre permitido, el shipper deberá pagar los cargos derivados del uso prolongado del espacio en la terminal.
ALMACENAMIENTO
Definición: “el cargo aplicable por el uso de la tierra (depósito ferroviario, almacén, etc.) después de que expire el tiempo libre”.
Básicamente, este es el mismo concepto de demora, pero en lugar de ocupar el espacio en la terminal, aquí consideramos un depósito o un almacén.
PER DIEM (por día)
Definición: “el cargo aplicable por el uso del equipo (contenedor, chasis, grupo electrógeno, etc.) después de la expiración del tiempo libre”.
Muy a menudo, este cargo se confunde con la palabra "sobreestadía", pero, según la definición, estamos considerando solo el uso del equipo y no el espacio en la terminal.
DETENCIÓN
Definición: “cargo típicamente cobrado por los camioneros debido al exceso de tiempo que toma el consignatario para cargar o descargar la carga”.
Te invitamos a descubrir más sobre la terminología e importantes posibles cobros visitando nuestro blog post: "Cómo evitar los costosos cargos por Demurrage y Detention".
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